15. Escrituras Públicas (para otorgar Poderes, Asentimiento Conyugal, Autorizaciones, etc.)

Si se encuentra en el extranjero, ya sea en calidad de turista o residente, y necesita extender una Escritura Pública para tener efecto en la República, usted puede concurrir al Consulado General Argentino o a un Notario Público local.

En caso de realizar el trámite con un Notario Público local, el poder deberá ser legalizado en el Foreign & Commonwealth Office Británico con la Apostilla de la Haya y luego traducido al español. Caso contrario, el documento no será válido en Argentina.

 

Otorgamiento de Escrituras Públicas ante el Consulado General

Los actos más comunes que el Cónsul puede realizar por medio de escrituras públicas son los siguientes:

Pasos a seguir:

Paso 1

El estudio jurídico de su abogado en Argentina o el escribano que lleva su asunto en Argentina, deberá remitirle el texto de lo que se denomina “minuta”. La minuta debe contener de manera específica y detallada el objeto, alcance y atribuciones que se quieren otorgar en dicho Poder.
Dadas las limitadas atribuciones del Cónsul en materia notarial, el mismo no puede hacerse cargo de la redacción del objeto, alcance y atribuciones del poder (minuta). Sólo se limita a darle los elementos formales para que el mismo sea válido en Argentina.

Paso 2

Una vez que usted haya recibido la minuta, debe contactarse con este Consulado General al 0207 318 1346 o via correo electrónico a teresasilva@argentine-embassy-uk.org para concertar una entrevista, a la que deberá asistir en persona y presentar su DNI o pasaporte a fin de formalizar el Poder.

Paso 3

Enviar via correo electrónico a teresasilva@argentine-embassy-uk.org la minuta junto los siguientes datos:

  • Poderdante (requirente): nombre completo, estado civil, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número de Documento Nacionalidad de Identidad o Pasaporte, domicilio en el Reino Unido y número telefónico de contacto.
  •  Apoderado (persona a quien se otorga el poder): nombre completo, estado civil, lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad, número de Documento Nacionalidad de Identidad o Pasaporte, domicilio en Argentina y número telefónico de contacto.

Paso 4

En el momento de la entrevista deberá abonar el arancel consular correspondiente. El poder estará listo para pasar a retirar a los cinco días luego de la entrevista, en nuestro horario de atención al público.
Si por motivos de distancia o conveniencia personal no puede pasar a retirar el documento por el Consulado General, cuando asiste a la entrevista puede dejar un sobre prepago (1st, 2nd class, recorded, special delivery) junto a una autorización y le enviaremos el poder por correo.