Pasaportes

Información General

A efectos de expedición, prorroga o renovación de pasaporte, se debe presentar DNI actualizado, LE o LC. Los trámites son personales y debe solicitarse turno telefónicamente o via correo electrónico a germancapoulat@argentine-embassy-uk.org

Los trámites de prórroga y renovación de pasaporte, podrán realizarse hasta con 6 meses de antipación a la fecha de vencimiento.

Por Decreto 203/05 los trámites de expedición, prórroga y renovación de pasaporte realizados en el exterior tienen una validez definitiva de 5 años, por lo tanto no pierden vigencia al ingresar a la República Argentina.

Para mayor información, por favor comunicarse con el Consulado General telefónicamente o via correo electrónico a germancapoulat@argentine-embassy-uk.org

Argentinos con pasaporte español o italiano:

En virtud de convenios de doble nacionalidad con España e Italia, los argentinos que ingresen a la Argentina con pasaporte de alguno de esos países, son considerados turistas extranjeros y pueden permanecer en el país por un máximo de 90 días prorrogables ante la Direccón Nacional de Migraciones una sola vez por el mismo período.

Argentinos con pasaporte británico:

Los argentinos que ingresen a la República con pasaporte británico pueden egresar con dicho documento siempre que su permanencia en la Argentina no haya superado los 60 días corridos. Transcurrido dicho plazo, deben salir con pasaporte argentino.


Prórroga (consistente en un sello que se estampa en la misma libreta)

Causales: vencimiento de pasaporte

Requisitos:

 

Renovación (implica cambio de libreta)

Causales: cambio físico, cambio de estado civil, deterioro o falta de hojas útiles

Requisitos:

 

Expedición (implica nueva libreta)

Causales: pérdida o sustracción, opción de nacionalidad

Requisitos:

 

Pasaporte especial para extranjeros

Son otorgados únicamente por la Polícia Federal Argentina en la República.

Pueden ser prorrogados en los consulados argentinos por un período similar al concedido por dicha Repartición por una única vez y próximo a su vencimiento. Esta prórroga pierde validez al ingresar a la República indistintamente de la fecha de vencimiento que figura en el pasaporte.

Para su tramitación se debe presentar el DNI para extranjeros vigente.