3. Autenticación de fotocopias

Las fotocopias de documentos pueden ser autentificadas por el Consulado General siempre que se presenten con los correspondientes originales.

La autenticación de fotocopias sólo certifica el carácter de ser copia fiel del original, no juzga sobre el contenido del documento ni legaliza las firmas que obren en el mismo.

Requisitos: